Calculadora de retenciones IRPF: cómo usarla antes de fin de año 2026
La calculadora de retenciones del IRPF estima qué porcentaje de tu salario bruto debería retener tu empresa cada mes según tu situación familiar y salarial, y sirve para saber con antelación si en la Renta te devolverán dinero o tendrás que pagar. La cifra no es tu impuesto final: es la parte que ya se te va quitando mes a mes.
Octubre es un buen momento para hacer la comprobación. Quedan dos o tres nóminas para corregir el rumbo, y las decisiones que dependen del calendario fiscal (pensiones, donativos) todavía se pueden tomar. Este artículo habla de España y de empleados por cuenta ajena en régimen común; el País Vasco y Navarra tienen sistema foral propio. Las cifras son de octubre de 2026 y las debes cotejar con la Agencia Tributaria antes de actuar.
¿Qué es la calculadora de retenciones IRPF y quién la necesita?
Es una herramienta, oficial o de terceros, que aplica las reglas de retención sobre rendimientos del trabajo para decirte qué porcentaje te corresponde. La Agencia Tributaria publica su propio servicio de cálculo de retenciones, pensado sobre todo para quien tiene que aplicar retenciones, pero útil también para comprobar la tuya.
Hay que distinguir tres cosas que se confunden:
- Retención: el adelanto que tu empresa ingresa a Hacienda con cada nómina.
- Cuota líquida: el impuesto que realmente te toca pagar por todo el año.
- Resultado de la Renta: la diferencia entre ambos. Si retuvieron más de lo debido, te devuelven; si menos, pagas.
La calculadora trabaja el primer punto. Lo que debes comprobar es si ese adelanto se acerca a la cuota real, y por eso conviene usarla incluso cuando todo parece normal. No hay nómina que sepa que tu pareja cambió de trabajo en junio o que cobraste un alquiler que nadie retuvo.
Quien más gana con ella: trabajadores con un segundo pagador, quienes han tenido hijos o cambios familiares, quienes cobraron una subida fuerte a mitad de año y quienes tienen ingresos extra sin retención. Si tu vida fiscal es estable y llevas años recibiendo una devolución pequeña, mirar cinco minutos basta.
¿Qué datos necesito antes de calcular?
Reúne seis datos y el cálculo se hace en un cuarto de hora. Casi todos están en la nómina o en el borrador del año pasado.
| Dato | Dónde encontrarlo | Por qué influye |
|---|---|---|
| Salario bruto anual previsto | Contrato y últimas nóminas | Base de la retención |
| Porcentaje de retención actual | Nómina, línea de IRPF | Lo que vas a comparar |
| Situación familiar | Libro de familia y modelo 145 | Mínimos por hijos, ascendientes y discapacidad |
| Número de pagadores | Tus ingresos del año | Un segundo pagador desajusta el cálculo |
| Otros ingresos | Alquileres, intereses, dividendos | No llevan la retención del trabajo |
| Aportaciones previstas a pensiones | Contratos y extractos | Reducen la base, con límite |
Una advertencia práctica: el porcentaje de la nómina y el de la calculadora no son comparables si cambias de empresa o te llega una paga extra, porque la retención se calcula sobre el total anual previsto. Mira siempre la proyección anual, no solo el mes.
Si quieres entender el resto de la mecánica de la campaña, nuestra guía de la declaración de la Renta 2026 explica quién debe presentarla y cómo.
¿Qué es el modelo 145 y cuándo debo actualizarlo?
El modelo 145 es el formulario con el que comunicas a tu empresa las circunstancias que reducen tu retención. La página de la Agencia Tributaria sobre el modelo 145 detalla el procedimiento y la base legal, que está en el artículo 88 del Reglamento del IRPF.
En la práctica, es el documento que hace que tu nómina sea ajustada o no. Si nunca lo has entregado, la empresa asume la situación menos favorable y retiene de más; eso te da una devolución grande en la Renta, lo cual no es ahorro sino un préstamo sin intereses a Hacienda.
Cuándo actualizarlo:
- Nace o se adopta un hijo, o un descendiente deja de convivir contigo.
- Un ascendiente pasa a depender de ti o deja de hacerlo.
- Cambia tu grado de discapacidad o el de un familiar.
- Cambia tu estado civil o la situación de pensiones compensatorias.
- Cambias de empresa (el nuevo pagador debe tener tu modelo).
La ley prevé que comuniques el cambio en cuanto se produzca, y la empresa lo aplica desde la nómina siguiente en la mayoría de casos. Si el cambio es de octubre, aprovechar las tres últimas nóminas sirve para reducir el desajuste, pero ya no lo borra del todo.
¿Cómo uso la calculadora paso a paso?
El orden de las pantallas puede variar según el servicio, pero el recorrido es siempre el mismo. Te lo cuento como lo haría yo con una nómina delante.
- Datos del contrato. Tipo de contrato, salario bruto anual con pagas extras, y fecha de inicio si empezaste este año.
- Datos personales. Año de nacimiento, discapacidad y residencia fiscal. La comunidad autónoma importa porque cada una tiene su escala autonómica.
- Situación familiar. Estado civil, hijos con sus años de nacimiento y ascendientes a cargo.
- Reducciones y gastos. Pensiones compensatorias, aportaciones a planes de pensiones, cotizaciones a la Seguridad Social.
- Resultado. La herramienta muestra el porcentaje de retención y la cuota anual estimada.
Ahora viene lo útil: compara. Si tu nómina retiene el 11 % y la calculadora dice 14 %, tu empresa te está dando una ventaja temporal que se pagará en la Renta. Si pasa lo contrario, estás adelantando de más.
Un truco que me funciona: haz el cálculo dos veces. La primera con la situación que declaraste a la empresa (modelo 145). La segunda con tu situación real hoy. Si difieren, el problema está en el papel que entregaste, no en la herramienta.
Las calculadoras de terceros (bancos, asesorías) sirven para una orientación rápida. Algunas usan tablas de años anteriores y los propios servicios advierten de que un simulador genérico puede diferir de la retención real de tu empresa. Antes de basarte en una cifra, comprueba que indica el año fiscal y las escalas autonómicas.
¿Qué ejemplo ilustra la diferencia entre retención y cuota?
Voy a ilustrarlo con números inventados, simplificados y sin pretensión de exactitud fiscal. Sirven para ver la mecánica, no para sustituir el cálculo oficial.
Imagina a una trabajadora con 30.000 euros brutos anuales cuyo pagador le retiene un 12 %: 3.600 euros al año. Al hacer la Renta, la cuota líquida real, tras aplicar mínimos y deducciones, resulta ser 3.250 euros. Le devuelven 350 euros.
Ahora cambia un dato. Ese mismo año cobra, además, 4.000 euros de alquiler sin retención y su cuota real sube a 4.100 euros. La retención sigue en 3.600. Resultado: sale a pagar 500 euros.
| Escenario | Retenido | Cuota real (ilustrativa) | Resultado |
|---|---|---|---|
| Solo nómina | 3.600 € | 3.250 € | Devuelven 350 € |
| Nómina + alquiler sin retención | 3.600 € | 4.100 € | Pagas 500 € |
| Nómina + alquiler + retención ajustada al alza | 4.100 € | 4.100 € | Cuadra a cero |
La tercera fila es el objetivo de la calculadora: descubrir el desfase en octubre y pedir a la empresa un porcentaje mayor para las nóminas que quedan. Es una decisión voluntaria que la normativa permite, y se hace con el mismo modelo 145 que cualquier otro cambio de circunstancias.
Para repartir el ajuste entre meses, divide el desfase entre las nóminas restantes. Si faltan tres y el desajuste es de 500 euros, cada una tendría que retener unos 167 euros más. Por eso corregir antes es menos doloroso que hacerlo en diciembre.
¿Por qué el resultado de la calculadora no coincide con mi Renta?
Casi siempre por datos que la herramienta no conoce. Los casos más frecuentes son estos:
- Otros ingresos. Intereses, dividendos, alquileres o ventas de acciones que no pasaron por la nómina.
- Un segundo pagador. Cada empresa calcula sola, y la suma queda corta.
- Deducciones autonómicas. Cada comunidad tiene las suyas y la calculadora básica no las incluye.
- Cambios de circunstancias. Un hijo nacido en septiembre cambia el mínimo familiar pero no la retención de enero a agosto.
- Variables en el salario. Bonus, atrasos o finiquitos que se retienen con reglas distintas.
Un caso que he visto repetirse, y que cuento como composición de situaciones habituales, no como una persona concreta: un matrimonio en el que ambos trabajaban en empresas distintas llegó a la Renta convencido de que le devolverían dinero, como el año anterior, cuando solo cobraba uno. Con dos pagadores y dos retenciones calculadas por separado, el resultado fue a pagar unos cientos de euros. No hubo error de la empresa: cada nómina era correcta en solitario. La suma no lo era. Una comprobación en octubre habría permitido subir la retención de una de las nóminas y evitar el susto.
Si eres de los que quiere exprimir la devolución, la guía sobre cómo conseguir la mayor devolución de la renta cubre los trucos habituales sin trampa.
¿Qué puedo hacer antes del 31 de diciembre?
Dos tipos de palancas: las que cambian la retención futura y las que cambian el impuesto final. No son lo mismo.
Cambiar la retención solo mueve el calendario del pago. Es útil para evitar un susto, pero no reduce lo que debes por el año.
Cambiar el impuesto exige actos con fecha de 2026:
| Acción | Límite o condición (según guías oficiales consultadas) | Ojo con |
|---|---|---|
| Aportación a plan de pensiones | Hasta 1.500 € al año o el 30 % de rendimientos, si es menos; con aportación empresarial hay un límite conjunto mayor | Los límites son conjuntos para todos tus productos |
| Donativos a entidades de la Ley 49/2002 | Deducción porcentual en la cuota | Necesitas el certificado de la entidad |
| Gastos con deducción autonómica | Depende de tu comunidad | Cada una exige requisitos propios |
Los límites de pensiones los verifiqué en guías fiscales y deberías confirmarlos en la Agencia Tributaria. Para ver cómo encajan las deducciones antes del cierre del ejercicio, la guía de deducciones antes de fin de año detalla qué conviene mover y qué errores evitar en el borrador.
Una nota de mi cosecha: antes de meter dinero en un plan de pensiones solo por la deducción, pregúntate si lo necesitarás en los próximos años. La deducción es inmediata, pero el dinero queda inmovilizado salvo supuestos de liquidez. Si dudas entre modalidades, mira nuestra comparativa de planes de pensiones de aportación definida y de prestación definida.
¿Cómo reviso mi situación en el borrador cuando llegue abril?
La calculadora de octubre es un ensayo; el borrador de la campaña es la prueba real. Cuando la Agencia Tributaria te lo muestre en la Renta Web, compara su resultado con lo que estimaste y busca el origen de cada diferencia.
Pasos que sigo:
- Descarga el borrador y mira los rendimientos del trabajo: ¿coinciden con tus certificados de empresa?
- Revisa el mínimo familiar. Un hijo o ascendiente que falte o esté duplicado es el error más caro.
- Comprueba las deducciones autonómicas. El borrador no siempre las incluye.
- Añade los ingresos que Hacienda no conoce, como un alquiler que declaras tú.
- Antes de confirmar, compáralo con tu estimación de octubre.
Si quieres moverte con comodidad por el entorno de la sede electrónica, nuestros consejos para la declaración de la renta online ayudan a ubicar los apartados clave. Y si, además de las nóminas, vendes acciones, mira cómo tributan las ganancias en la guía de ganancias de capital, porque se suman a la base del ahorro en la misma declaración.
Mi consejo final es simple. No persigas una devolución grande: perseguir una cuota cercana a cero y una retención ajustada mantiene tu dinero contigo durante el año. Si prefieres que te retengan de más porque te obliga a ahorrar, es legítimo, pero hazlo sabiendo que es una decisión tuya y no un regalo del fisco.
Este artículo es información general sobre el sistema fiscal español de régimen común y no constituye asesoramiento fiscal. Los ejemplos son ilustrativos y simplificados; los límites y porcentajes cambian cada año. Confirma las cifras en la Agencia Tributaria o con un asesor antes de actuar. Datos a octubre de 2026.
¿Cómo funciona la calculadora de retenciones del IRPF?
Introduces tus ingresos del trabajo, tu situación personal y familiar (edad, hijos, discapacidad, residencia) y la herramienta estima el porcentaje de retención que corresponde a tu nómina según la normativa vigente. Sirve para comparar ese porcentaje con el que realmente te aplica tu empresa.
¿Dónde encuentro la calculadora oficial?
La Agencia Tributaria ofrece en su sede electrónica un servicio de cálculo de retenciones y el modelo 145 para comunicar tus circunstancias a la empresa. El camino exacto dentro de la web cambia con las actualizaciones, así que lo más seguro es buscarlo desde la propia sede.
¿Qué es el modelo 145 y para qué sirve?
Es el formulario con el que el trabajador comunica a su pagador la situación personal y familiar que influye en la retención: hijos, ascendientes, discapacidad, pensiones compensatorias o préstamo de vivienda en régimen transitorio. Si no lo entregas, la empresa aplica una retención más alta, porque asume que no tienes circunstancias que la reduzcan.
¿Cómo sé si me retienen lo justo en la nómina?
Calcula el porcentaje que te correspondería con tu situación real y compáralo con el que aparece en tu nómina. Si el de la nómina es sensiblemente menor, es probable que salgas a pagar en la Renta; si es mayor, que te devuelvan. Un cambio de salario, un segundo pagador o un hijo nuevo suelen desajustarlo.
¿Puedo pedir que me retengan más de lo que corresponde?
Sí, el trabajador puede solicitar a la empresa un porcentaje superior al calculado; es una forma de evitar sorpresas en la Renta si tienes otros ingresos sin retención. No se puede pedir uno inferior al que marca la normativa.
¿Qué pasa si tengo dos pagadores?
Cada empresa calcula tu retención como si fuera la única, por lo que la suma suele quedarse corta. Además, tener más de un pagador baja el umbral a partir del cual estás obligado a presentar la declaración. Conviene revisar las cifras en la Agencia Tributaria.
¿Hay algo que pueda hacer antes del 31 de diciembre para pagar menos en la Renta?
Las acciones que dependen de una fecha de 2026: aportaciones a planes de pensiones dentro del límite, donativos a entidades acogidas a la Ley 49/2002 y gastos con deducción autonómica. Cambiar tu modelo 145 afecta a la retención futura, no al impuesto final, así que no sustituye a estas decisiones.
¿La calculadora sirve para autónomos?
No directamente. Los autónomos no tienen nómina; hacen pagos fraccionados trimestrales y retenciones en facturas, con reglas propias. Esta herramienta está pensada para rendimientos del trabajo por cuenta ajena.
¿Por qué mi resultado final de la Renta no coincide con la calculadora?
La calculadora usa los datos que tú introduces y una estimación del año completo. La declaración real incorpora todos tus ingresos, deducciones autonómicas, reducciones y circunstancias que no incluiste. Es una previsión, no una liquidación.
관련 글

Deducciones renta 2026 antes de fin de año: qué mover

Sanciones por no presentar el IRPF a tiempo: cuánto te puede costar en 2026

Exención Fiscal por Venta de Vivienda Habitual 2026: España e IRPF, México e ISR

Crédito fiscal solar 25D de EE.UU. 2026: fin del 30%, última reclamación, arrastre y alternativas

Crédito Fiscal WOTC para Empleadores 2026: Quién Califica, Cuánto Vale y Cómo Reclamarlo
